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Partes de baja de IT, el trabajador no deberá entregarlo a la empresa

Daniel Williams

21 mar 2023

A partir del 1 de abril entrará en vigor un nuevo protocolo de la Seguridad Social en el que se establece que los empleados que causen baja médica no tendrán que remitir el parte y la documentación a su empresa, ya que será la propia administración quien telemáticamente se ocupe de ello

A partir del 1 de abril entrará en vigor un nuevo protocolo de la Seguridad Social en el que se establece que los empleados que causen baja médica no tendrán que remitir el parte y la documentación a su empresa, ya que será la propia administración quien telemáticamente se ocupe de ello. La modificación reglamentaria ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, BOE.

Hasta este momento el trabajador afectado por una incapacidad temporal, IT, disponía de un plazo de tres días, a contar desde el momento en el que se emitía la baja, para entregarla a su compañía. Si no lo hacía durante este periodo de tiempo, la dirección podía penalizarle e, incluso, despedirle.

Con esta medida se persigue agilizar los trámites burocráticos y que sea la propia administración, a través de vías telemáticas y automatizadas, la que informe a la empresa y asuma todas las gestiones, incluida la renovación del parte de baja, si fuera necesario.

Así se gestionarán las bajas:

⦁ El médico o la mutua enviarán la baja a la Seguridad Social.

⦁ La Seguridad Social informará a la empresa.

⦁ La empresa formalizará los trámites a través del sistema RED.

Si necesitas más información no dudes en contactar con el departamento laboral de nuestra asesoría




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